Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120201-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

97
Demanda 208 de 2011

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 208 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de la Federación Agroalimentaria de CC OO, contra la empresa “Dulmadrid, Sociedad Limitada”, sobre conflicto colectivo, se ha dictado sentencia con fecha 16 de diciembre de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, desestimando la demanda formulada por la Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras de Madrid contra “Dulmadrid, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones deducidas, declarando que el convenio aplicable a los trabajadores de la empresa es el de convenio colectivo para el comercio de alimentación de la Comunidad de Madrid.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolas saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en la entidad “Banesto”, sita en la calle Princesa, número 3, con el número 2515.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dulmadrid, Sociedad Limitada Unipersonal” (Dulcesol), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.281/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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