Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2012

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120201-23

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ANUNCIO de la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Comunidad de Madrid, por el que se hace público que se ha dictado la Orden 31/2012, de 11 de enero, por la que se dispone el reintegro parcial de la subvención concedida al Club Deportivo “Shalymar Competición”, mediante Convenio de 14 de diciembre de 2009 (expediente 24/2009).

Por la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno se ha dictado la «Orden 31/2012, de 11 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone el reintegro parcial de la subvención concedida al Club Deportivo “Shalymar Competición”, mediante Convenio de 14 de diciembre de 2009», en virtud de la cual se declara deudor de la Comunidad de Madrid al Club Deportivo “Shalymar Competición”, en el procedimiento de reintegro parcial de subvención concedida.

Habiéndose intentado la notificación al interesado en el domicilio señalado por este, según lo dispuesto en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin haberse podido practicar por causas no imputables a la Administración Pública, por el presente anuncio se procede a notificar al interesado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de dicha Ley, que se inicia a partir del día siguiente a la publicación del mismo el período voluntario de pago de la deuda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de lo dispuesto en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

El expediente administrativo está a disposición del interesado en los términos legales que legalmente corresponden en la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de la Independencia, número 6, planta cuarta, 28001 de Madrid.

Asimismo, se comunica al interesado que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

El interesado dispone del plazo de un mes para interponer, con carácter potestativo, contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien podrá directamente interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de dicha Jurisdicción, computados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, contra la resolución de la liquidación practicada en dicha Orden a efectos del cálculo del importe principal más los intereses de demora del reintegro, el interesado también podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del siguiente anuncio, o bien, directamente, en el mismo plazo, reclamación económico-administrativa, ante la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto, respectivamente, en los artículos 223.1 y 235.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Madrid, a 24 de enero de 2012.—El Viceconsejero de Cultura y Deportes, Francisco Javier Hernández Martínez.

(03/2.778/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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