Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120202-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 7

EDICTO

139
Juicio de faltas 473 de 2010

Doña Lidia Paloma López Ramón, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 473 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 3 de diciembre de 2010.

Celebrado el juicio oral y público con el número 473 de 2010, ante mí, José Antonio Tejero Redondo, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 7 de Alcorcón, por falta contra el patrimonio de hurto, en el que son partes: el ministerio fiscal, en el ejercicio de la acción pública; como denunciante-testigo, doña María M. Poza López, que comparece; como perjudicado, el establecimiento “Bershka”, que comparece con la asistencia letrada de la señora Carbonero Sánchez y, como denunciada, doña Rocío García García, que comparece sin asistencia letrada.

Hechos probados:

Primero y único.—Resulta probado que en fecha 26 de noviembre de 2010 se encontraba en el establecimiento “Bershka”, sito en el centro comercial “Tres Aguas” de Alcorcón, la persona de doña Rocío García García, momento en el que tomó posesión de una prenda de vestir valorada venta al público en 19,99 euros, y sin que quedare acreditado un ánimo de obtener un beneficio injusto, y sin que previamente hubiera sido objeto de seguimiento por el personal de seguridad del establecimiento, así como sin arrancar ni desactivar ninguna de las alarmas que se encontraban en la citada prenda, se dirigió al lugar de salida, momento en el que se activaron los dispositivos de alarma, siendo en ese momento interceptada por el personal del establecimiento, que recuperó las prendas sin daños.

Fallo

Absolver a doña Rocío García García como autora de una falta contra el patrimonio de hurto.

Se declaran de oficio las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese esta sentencia, que no es firme, a las partes y al ministerio fiscal, informándoles de que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su recepción, que será preparado ante este Juzgado y del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerda, manda y firma don José Antonio Tejero Redondo, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 7 de Alcorcón.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Rocío García García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 21 de diciembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/1.738/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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