Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2012

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120202-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

71
Delegación atribuciones

La alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, con fecha 10 de enero de 2012, ha dictado la siguiente resolución:

Decreto de Alcaldía-Presidencia número 9/12

Correspondiendo a esta Alcaldía-Presidencia la dirección de gobierno y administración municipal, y teniendo por conveniente la delegación de determinadas atribuciones que corresponden a esta Alcaldía; en virtud de la facultad que me confiere el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con lo previsto en el artículo 127.2 de la Ley 30/1992, según la redacción dada por la Ley 4/1999, y los artículos 43.3 y 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, resuelvo:

Primero.—Delegar en la Concejalía de Hacienda, Personal, Empleo y Desarrollo Local. y sin perjuicio de la función de coordinación de distintas áreas y de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía-Presidencia sobre la administración municipal, las atribuciones sobre potestad sancionadora por desobediencia y vulneración de los preceptos normativos recogidos en las distintas ordenanzas municipales y leyes sectoriales que dan lugar a la iniciación de un procedimiento sancionador. Entre otras, Ley 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana; Ley 1/1997, Reguladora sobre la venta ambulante sin autorización o licencia; Ley 17/1997, de 4 de julio, sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas; Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos; Ley 18/2009, de 23 de noviembre, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, a excepción de lo previsto en el ordinal siguiente del presente decreto.

Segundo.—Delegar en la Concejalía de Urbanismo, Industria, Vivienda y Medio Ambiente, y sin perjuicio de la función de coordinación de distintas áreas y de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía-Presidencia sobre la Administración municipal, las atribuciones sobre potestad sancionadora en materia específicamente urbanística y medioambiental.

Tercero.—El régimen jurídico aplicable a esta delegación será el previsto en los artículos 114 a 118 del mencionado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, salvo la facultad de resolver recursos de reposición contra las actuaciones y resoluciones dictadas por el órgano delegado, y los artículos 12 y 13 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.—El presente decreto surtirá efecto desde el día siguiente de su fecha, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—De este decreto se dará cuenta al Ayuntamiento en Pleno en la sesión ordinaria que se celebre y notifíquese a ambos concejales-delegados el contenido de la presente resolución y procédase a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo manda y firma la alcaldesa-presidenta, Cristina Carrascosa Serrano, en Mejorada del Campo, a 10 de enero de 2012.

En Mejorada del Campo, a 11 de enero de 2012.—La alcaldesa-presidenta, Cristina Carrascosa Serrano.

(03/1.888/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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