Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2012

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120202-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Vigésima Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Autos 877 de 2008

En el procedimiento de apelación (autos número 877 de 2008), seguido a instancias de doña Sonia Raquel Alarcón Batagglia, contra don Hugo Alberto Gernhoffer Mancet, se ha dictado sentencia de 27 de abril de 2011, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 491

Magistrados: ilustrísimos señores don Francisco Javier Correas González, don Ángel Sánchez Franco y doña Rosario Hernández Hernández.

En Madrid, a 27 de abril de 2011.—Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección Vigésima Cuarta de esta Audiencia Provincial de Madrid los autos de medidas paternofiliales número 877 de 2008, procedentes del Juzgado de primera instancia número 23 de Madrid.

De una, como apelante, doña Sonia Raquel Alarcón Battaglia, representada por la procuradora doña María Eugenia Carmona Alonso.

Y de otras, como apelado, don Hugo Alberto Gernhofer Mancet.

Visto, siendo magistrado ponente la ilustrísima señora doña Rosario Hernández Hernández.

Fallamos

Que, estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por doña Sonia Raquel Alarcón Battaglia, representada por la procuradora doña María Eugenia Carmona Alonso, contra sentencia de 18 de marzo de 2009, del Juzgado de primera instancia número 23 de Madrid, en autos de medidas paternofiliales número 877 de 2008, seguidos por don Hugo Alberto Gernhofer Mancet, debemos revocar y revocamos también en parte la expresada resolución; acordando: se fija en 200 euros mensuales la cuantía de pensión alimenticia a cargo de don Hugo Alberto y en beneficio de doña Cindy Raquel, abonable y a actualizar en la forma fijada en la instancia.

Se confirma en lo restante la sentencia recurrida, todo ello sin condenar a ninguno de los litigantes al pago de las costas que se devenguen en la alzada.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que contra la misma puede interponerse recurso de casación o extraordinario por infracción procesal, de concurrir los presupuestos establecidos en el artículo 466 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para ante el Tribunal Supremo, en el plazo de cinco días siguientes al de la notificación.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de la Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a don Hugo Alberto Gernhofer Mancet, en ignorado paradero, expido el presente que firmo en Madrid, a 19 de diciembre de 2011.—El secretario (firmado).

(03/1.889/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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