Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
03-02-2012

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 25 de abril de 2011, por la que se dispone la cesión de uso a favor de la Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), del local sito en la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, a efectos de destinarlo a la gestión de la organización en el cumplimiento de sus fines.

La Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), ha solicitado la cesión de uso del inmueble sito en la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, con el fin de cumplir con las funciones sociales que desarrolla esta Entidad sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.

No se juzgan previsibles la afectación y explotación del inmueble, catalogado como bien patrimonial de la Comunidad de Madrid.

Por ello, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid y siendo competente esta Consejería de Economía y Hacienda para autorizar la cesión,

DISPONGO

Primero

Ceder el uso a la Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), del local de la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, por plazo de cinco años, prorrogables por otros cinco, a partir de la fecha de la puesta a disposición efectiva del mismo.

Segundo

El local se destinará por la cesionaria a las funciones sociales que desarrolla esta asociación sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.

Tercero

Si el bien cedido no fuera destinado a los fines previstos se considerará resuelta la cesión, revirtiendo los bienes a la Comunidad de Madrid, que tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los daños y perjuicios y el detrimento que hubieran experimentado.

Cuarto

Todos los gastos y tributos que afecten al local cedido, serán a cargo de la cesionaria.

Quinto

La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de abril de 2011.

El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA

(03/2.451/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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