Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120208-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Demanda 1.635 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 1.635 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Flores Moreno, contra la empresa “Life Line Entertainment, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo parcialmente la demanda del actor, don Miguel Ángel Flores Moreno, y declaro debida la cantidad de 4.662,54 euros por concepto de salarios.

En consecuencia, condeno a la demandada “Life Line Entertainment, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone a la actora la cantidad de 4.662,54 euros de principal.

Asimismo, declaro la mora de la empresa demandada y a la anterior cantidad se le incrementará el 10 por 100 de interés moratorio, desde la fecha en que debió ser abonada y hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará al trabajador la cantidad por concepto salarial, y hasta el límite legal, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.

Absuelvo a la empresa demandada del resto de la cantidad reclamada con la demanda.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 1.598 de 2010 de procedimiento, en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, oficina situada en la planta primera de la sede de estos Juzgados, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria, la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Life Line Entertainment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.279/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120208-112