Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120208-107
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 165 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Marqués Trigo, don Francisco Javier Cantero Elvira y don Miguel Ángel Jiménez Arcas, contra la empresa “Construcciones y Reformas Marticam, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente decreto y auto de 11 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Diligencia.—En Madrid, a 11 de julio de 2011.
La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 26 de enero de 2011 ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Manuel Marqués Trigo, don Francisco Javier Cantero Elvira, don Miguel Ángel Jiménez Arcas, contra “Construcciones y Reformas Marticam, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.
Decreto
La secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 11 de julio de 2011.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1. Admitir a trámite la demanda presentada a instancias de don Manuel Marqués Trigo, don Francisco Javier Cantero Elvira y don Miguel Ángel Jiménez Arcas frente a “Construcciones y Reformas Marticam, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad.
2. Citar a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a cuyo efecto se señala para el día 8 de mayo de 2012, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, de Madrid.
Haciendo las siguientes advertencias y apercibimientos a las partes:
A la parte demandante: que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.
A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda. Asimismo, el demandado pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado por procurador o graduado social colegiado, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.
A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.
Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
3. Respecto a la prueba solicitada en la demanda se pasa a dar cuenta a su señoría para que se pronuncie sobre las mismas.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).—La secretaria (firmado).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Reformas Marticam, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/2.706/12)

