Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
11-02-2012

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120211-247

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON SALVADOR TORRES ESCÁMEZ

247
Anuncio subasta notarial

Don Salvador Torres Escámez, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Arganda del Rey.

Hago saber: Que en mi notaría, sita en la avenida de Madrid, número 120, local 30, Arganda del Rey, se tramita la venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana. Finca número 8.—Está constituida por la vivienda izquierda de la planta tercera de la casa señalada con el número 3, antes casa C, de la calle particular que desemboca en la calle Puerta del Campo, en Arganda del Rey. Mide 78,43 metros cuadrados.

Referencia catastral: 2917607VK6621N0008RS.

Inscripción: Registro de la Propiedad número 2 de Arganda del Rey, tomo 2.289, libro 567, folio 163, finca número 15.279/bis.

Tipo base para la primera subasta: 206.090 euros.

Procediendo la subasta de la finca, se hacen saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi notaría. La primera subasta el día 21 de marzo de 2012, a las diez horas; de no haber postor, o si resultase fallida, la segunda el día 18 de abril de 2012, a la misma hora, cuyo tipo será el 75 por 100 del señalado para la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el día 17 de mayo de 2012, sin sujeción a tipo, y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor, el quinto día hábil siguiente a la misma hora.

La documentación y certificación del Registro a que se refiere el artículo 236.a) y b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría de lunes a viernes, de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta, en la notaría, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta, y en la tercera un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrán hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Arganda del Rey, a 24 de enero de 2012.—El notario, Salvador Torres Escámez.

(02/755/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120211-247