Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120213-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ANCHUELO

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Modificación tasas

Apreciado error en la publicación del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 23 de enero de 2012, en el cual no se publicó el texto íntegro de la modificación de la tasa por basura, se hace público en cumplimiento el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Art. 6. Cuota tributaria.—1. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local, que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.

Tarifa A.—Recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos:

Recogida de basuras en los domicilios particulares por cada vivienda considerada como tal, por una sola familia: 35 euros/semestre.

Tarifa B.—Recogida de basuras en locales de negocios, comercios, oficinas, despachos, etcétera, y demás locales no dedicados exclusivamente a viviendas:

Recogida de basuras en los locales comerciales, industrias u otros locales por cada local y razón social: 45 euros/semestre.

Si en el local se ejercen varias actividades, se liquidará la tasa por cada actividad que se ejerza.

En Anchuelo, a 8 de febrero de 2011.—La alcaldesa, Sara Martín Velayos.

(03/4.267/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120213-62