Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2012

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DEL ESTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Presupuesto general 2012

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, habida cuenta de que la asamblea general, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2011, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta entidad para 2012, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones ­durante el plazo de exposición pública, se hace constar lo siguiente:

I. Resumen del referenciado presupuesto para 2012


II. Resumen de la plantilla y relación de puestos de trabajo de esta entidad aprobado junto con el presupuesto general para 2012

a) Plazas de funcionarios de carrera:

1. Con habilitación nacional:

— Secretario-interventor: 1 plaza.

— Grupo A1. Nivel CD: 29.

2. Escala de Administración General:

— Subescala auxiliar: 2 plazas.

— Grupo C2. Nivel CD: 16.

a) Personal eventual:

— Director-gerente: 1 plaza.

— Categoría: técnico.

— Forme de provisión: libre designación.

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del citado Real Decreto 2/2004, se podrá interponer, directamente, contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcalá de Henares, a 27 de enero de 2012.—El presidente, Bartolomé González Jiménez.

(03/3.125/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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