Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-84
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 564 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra don Gabriel Alejandro Sandoval Rico, Instituto Nacional de la Seguridad Social y “Dificón, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 7 de 2012
En nombre del Rey.—En Madrid, a 12 de enero de 2012.
Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Madrid, los presentes autos sobre Seguridad Social, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, “Asepeyo Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, representada por la letrada doña Esperanza Gonzalvo Cirac, y de otra, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por la letrada doña Nieves García Denche Camacho; “Dificón, Sociedad Limitada”, que no comparece, y don Alejandro Sandoval Rico, en su propio nombre y derecho.
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Dificón, Sociedad Limitada”, y don Alejandro Sandoval Rico, debo condenar y condeno a “Dificón, Sociedad Limitada”, a que abone a la parte actora 10.344,40 euros, declarando la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social para el caso de insolvencia de la empresa y sin que ninguna responsabilidad alcance al trabajador.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dificón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 12 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/3.048/12)

