Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-89
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 2 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Nazareth Sanz Soriano, contra la empresa “SI Viatges Tours, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 13 de enero de 2012 y diligencia de ordenación de fecha 17 de enero de 2012.
Auto
Magistrada-juez de lo social, doña Margarita Rosa Robayna Perera.—En Madrid, a 13 de enero de 2012.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 8 de septiembre de 2011 a favor de la parte ejecutante doña María Nazareth Sanz Soriano, frente a “SI Viatges Tours, Sociedad Limitada”.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Montserrat Torrente Muñoz.—En Madrid, a 17 de enero de 2012.
La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar la entrada del anterior escrito, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.
Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 8 de septiembre de 2011 a don José Antonio Gómez Ramos y “SI Viatges Tours, Sociedad Limitada”, a favor de la demandante doña María Nazareth Sanz Soriano, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 5 de marzo de 2012, a las nueve y veinticinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Notifíquese a las partes esta resolución.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “SI Viatges Tours, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 19 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/3.188/12)

