Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120216-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

EDICTO

104
Procedimiento ordinario 665 de 2008

En el presente procedimiento ordinario número 665 de 2008, seguido a instancias de “FCE Bank PLC, Sucursal en España”, frente a doña Tatiana Paola Ocampo Gutiérrrez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es:

Sentencia número 152 de 2011

Que se estima totalmente la demanda presentada por la entidad “FCE Bank PLC Sucursal en España”, contra doña Tatiana Paola Ocampo Gutiérrez, en rebeldía, y debo condenar y condeno a la demandada al pago de la suma de 12.560,17 euros y los intereses de la anterior cantidad de principal desde cada vencimiento impagado hasta su completo pago al tipo contractual pactado, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia, con indicación de que cabe recurso de apelación, que podrá interponerse en este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes a la notificación.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de interponer el recurso, acreditar haber consignado el depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento indicando el recurso y el código del recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el mismo día de su fecha estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y encontrándose dicha demandada, doña Tatiana Paola Ocampo Gutiérrez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Majadahonda, a 20 de diciembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(02/785/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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