Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120217-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 61

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Juicio verbal 998 de 2011

En el procedimiento de juicio verbal 998 de 2011 se ha dictado resolución, que es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 179 de 2011

Vistos por la ilustrísima señora doña Miren Nekane Yagüe Egaña, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 61 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 998 de 2011, seguidos en virtud de la demanda interpuesta por el abogado del Estado, contra don Ángel Gustavo Bravo Polisgua, en ejercicio de reclamación de alimentos.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el abogado del Estado, condenando a don Ángel Gustuvo Bravo Polisgua a abonar la cantidad de 314 euros mensuales en concepto de alimentos a favor del menor José Daniel Bravo Encarnación, con los correspondientes intereses legales en caso de retraso en el pago o incumplimiento, con imposición al demandado del pago de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, al interponer el recurso deberá acreditarse haber constituido el depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2658 0000 (número de procedimiento), sin el cual no se admitirá a trámite el mismo.

Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia por la misma juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública el mismo día de su fecha.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ángel Gustavo Bravo Polisgua, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 21 de diciembre de 2011.—El secretario (firmado).

(03/3.813/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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