Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2012

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120217-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

94
Nombramiento juez de paz titular Villa del Prado

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certificado: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Cuarenta y siete.—Nombramiento de juez de paz titular de Villa del Prado.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Villa del Prado, en el que se propone el nombramiento de don Ángel Martín Recio Redondo, para el cargo de juez de paz titular; aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebración el día 3 de octubre de 2011, por ocho votos a favor y cinco abstenciones, que representa la mayoría absoluta, del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de 6 de octubre de 1993 con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observaciones que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: nombrar juez de paz titular de Villa del Prado a don Ángel Martín Recio Redondo.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Navalcarnero, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villa del Prado, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid, a 19 de diciembre de 2011.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/4.045/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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