Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120221-99
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.534 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Balbina Manuela Arroyo Macías, contra la empresa “Resul Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente diligencia de ordenación, cuya parte dispositiva dice:
Diligencia.—En Madrid, a 9 de enero de 2012.
La extiendo yo, el secretario, para dar cuenta a su señoría ilustrísima de haberse recibido de la correspondiente oficina de la Delegación del Decanato, fechado por dicha oficina el día 5 de enero de 2012 escrito de la parte actora, por el que amplía la demanda presentada en su día.—Doy fe.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 9 de enero de 2012.
Dada cuenta; por presentado el anterior escrito únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.
Se tiene por ampliada la demanda contra el administrador concursal don Pascual Llopis Medrano y, en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, conforme venía acordado, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 28 de febrero de 2012, a las diez y veinte horas de su mañana, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, segunda planta, 28008 Madrid. Hágase entrega a la demandada contra la que se ha ampliado la demanda, de copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Emplácese al Fondo de Garantía Salarial.
Ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión del representante legal de la demandada. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado y ante la secretaria judicial actuante dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda según artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado, enviando a las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución y además para la demandada contra la que se ha hecho la ampliación, copia de la demanda, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en lo estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Resul Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 6 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/5.241/12)

