Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120227-203

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

203
Demanda 1.691 de 2010

Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria judicial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Pilar del Rocío Morante Ortega, contra “Opi Public XXI, Sociedad Anónima”, y “Datasampling, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.691 de 2010, se ha acordado citar a “Opi Public XXI, Sociedad Anónima”, y “Datasampling, Sociedad Anónima”, a fin de que comparezcan el día 5 de marzo de 2012, a las diez horas de su mañana, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, en única convocatoria, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 37, sito en la calle Princesa, número 3, décima planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

En los autos número 1.691 de 2010, seguidos ante este Juzgado de lo social a instancias de doña Pilar del Rocío Morante Ortega, contra “Opi Public XXI, Sociedad Anónima”, y “Datasampling, Sociedad Anónima”, con fecha 13 de febrero de 2012 se ha dictado resolución, cuyo tenor literal se transcribe, advirtiéndose de que el recurso procedente contra la misma es el referido en la resolución que se notifica.

Citación a juicio para el día 5 de marzo de 2012, a las diez horas de su mañana.

Advertencia: se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda, que puede ser sancionado con multa de 12,02 a 120,19 euros si se niega a la recepción o no hace la entrega a la mayor brevedad, que ha de comunicar al órgano judicial la imposiblidad de entregar la comunicación al interesado y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen (artículo 57 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que sirva de notificación en forma a usted, expido y firmo la presente cédula.

En Madrid, a 13 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María del Mar Alejo Rodríguez.—En Madrid, a 13 de febrero de 2012.

Habiendo sido devuelto por el servicio de Correos el sobre que contenía la citación a juicio de las empresas “Opi Public XXI, Sociedad Anónima”, y “Datasampling, Sociedad Anónima”, remitidos a la dirección facilitada en la demanda, con la reseña de “desconocido”, únanse al presente procedimiento y, consultada la base de datos informática del Registro Mercantil, en donde no aparece dirección alguna de la mercantil “Opi Public XXI, Sociedad Anónima”, y sí aparece otra dirección como domicilio social de la empresa “Datasampling, Sociedad Anónima”, sito en la calle Alberto Aguilera, número 70, 4 d, Madrid, remítase citación al mismo por vía SCNE y, por la misma vía, cítese a la mercantil “Opi Public XXI, Sociedad Anónima”.

Asimismo, y con carácter preventivo, emítanse edictos y cítese al Fondo de Garantía Salarial, dejando unida a autos copia de las consultas realizadas.

Lo acuerdo y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo acuerdo y firmo.—La secretaria judicial.

Decreto

En Madrid, a 9 de diciembre de 2010.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única pero sucesiva convocatoria, el primero, ante la secretaria y, el segundo, ante el magistrado-juez, la audiencia del día 5 de marzo de 2012, a las diez horas, en la Sala de audiencias asignada a este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al otrosí, por realizada la manifestación.

Cítese al representante legal de la demandada para el acto de juicio, donde se acordará acerca o no de la pertinencia de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, con el apercibimiento de que si no comparece sin justa causa podrá ser tenida por confesa en la sentencia (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral), sirviendo la cédula que se dirija a la empresa de citación en forma.

En cuanto a la documental solicitada reitérese en el acto de juicio, donde se acordará lo que proceda.

Se le hace saber a la parte demandante que la representación solo se otorga mediante “apud acta” o poder notarial.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo de que contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar ante el secretario judicial dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral), salvo lo relativo, en su caso, a la inadmisión de la prueba solicitada, contra la que no cabe recurso alguno (artículos 87 y 78 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo decreto y firmo.—La secretaria judicial, Blanca Galache Díez.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Opi Public XXI, Sociedad Anónima”, y “Datasampling, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 13 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.483/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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