Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120301-221
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 65 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Susana Oliva Aguirre, contra la empresa “Klin Ingeniería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se han dictado resoluciones de fechas 23 de enero de 2012 y 25 de enero de 2012, respectivamente, del tenor literal siguiente:
Resolución de fecha 23 de enero de 2012:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por doña Susana Oliva Aguirre, debo condenar y condeno a la empresa “Klin Ingeniería, Sociedad Limitada”, a abonar a la actora la cuantía de 2.617,36 euros en concepto de salarios y cantidades asimiladas, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, debiendo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Resolución de fecha 25 de enero de 2012:
Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:
Donde dice:
«Sentencia número 16 de 2012
En Madrid, a 23 de enero de 2011.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 38 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 65 de 2011, seguidos entre las partes: de una, como demandante, doña Susana Oliva Aguirre, representada por el letrado señor Martínez de Haro, y de la otra, como demandados, la empresa “Klin Ingeniería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad».
Debe decir:
«Sentencia número 16 de 2012
En Madrid, a 23 de enero de 2012.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 38 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 65 de 2011, seguidos entre las partes: de una, como demandante, doña Susana Oliva Aguirre, representada por el letrado señor Martínez de Haro, y de la otra, como demandada, la empresa “Klin Ingeniería, Sociedad Limitada”».
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Klin Ingeniería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 25 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/4.546/12)

