Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
01-03-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120301-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

158
Ejecución 165 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 165 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Ángeles Aparicio Viedma, contra la empresa “La Taiga Iluminación, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 13 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada por importe de 1.832,13 euros, a cuyo pago resulta condenada “La Taiga Iluminación, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la demandante doña María de los Ángeles Aparicio Viedma la suma de 493,15 euros en concepto de intereses, del letrado don Juan José Benito Sánchez, la cantidad de 1.251,05 euros en concepto de minuta, expídanse los mandamientos de pago oportunos, que podrán ser retirados en la Secretaría de este Juzgado cualquier miércoles de cada mes en horario de diez a catorce horas.

Requiérase a la demandada “La Taiga Iluminación, Sociedad Limitada”, para que en el plazo de cinco días, proceda a abonar en la cuenta 2514 de este Juzgado, abierto en “Banesto”, agencia sita en calle Princesa, número 2, la cantidad de 87,93 euros en concepto de resto de costas, con apercibimiento de que en el caso de no hacerlo se procederá por la vía de apremio, sin necesidad de previo requerimiento personal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2514 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Taiga Iluminación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.607/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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