Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52
Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120301-14
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
El Consejo de Ministros, en su reunión de 3 de febrero de 2012, ha autorizado a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamo en el exterior y emisiones de deuda pública, hasta un importe máximo de 1.530.993.024,10 euros.
Asimismo, en el Acuerdo mencionado en el párrafo anterior se prorroga hasta el 31 de marzo de 2012, las operaciones de endeudamiento autorizadas por los acuerdos del Consejo de Ministros de 10 de junio, 11 de noviembre y 2 de diciembre de 2011, hasta un importe máximo de 308.499.655,91 euros.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 12 de enero de 2012, conforme al artículo 38.1 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 1.572.248.004,01 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.
Posteriormente el Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 9 de febrero de 2012, en su apartado primero, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 267.244.676,00 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el citado artículo 37 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.
En virtud de los Acuerdos del Consejo de Gobierno citados y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública se considera conveniente que la Comunidad de Madrid ponga en oferta un nuevo tramo de la emisión de obligaciones por un importe de 50.379.000,00 euros, con un plazo de vida residual de 3,3 años al 4,622 por 100, con vencimiento el 23 de junio de 2015 (ISIN ES0000101388), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 10 de junio de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de junio de 2009) y por Resolución de 17 de junio, al objeto de incrementar la liquidez de la emisión y de atender con esta reapertura la demanda de los inversores de valores a dicho plazo.
El importe obtenido a través de la mencionada ampliación, no excede del importe susceptible de ser financiado de conformidad con lo autorizado por los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 12 de enero y 9 de febrero de 2012, ni el límite establecido por el citado Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de febrero de 2012.
En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 5/2011, de 23 de diciembre,
DISPONGO
Primero
Realizar un nuevo tramo de emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 50.379.000,00 euros de la emisión de obligaciones, con un plazo de vida residual de 3,3 años al 4,622 por 100, con vencimiento el 23 de junio de 2015 (ISIN ES0000101388), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 10 de junio de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de junio de 2009) y por Resolución de 17 de junio, con las siguientes características:
— Importe: 50.379.000,00 euros.
— Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 5 de marzo de 2012.
— Cupón corrido: 3,23287431 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 1.628.689,75 euros.
— Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 99,240 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 49.996.119,60 euros.
— Precio incluyendo cupón corrido: 102,47287431 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 51.624.809,35 euros.
— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.
Segundo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Viceconsejero de Hacienda, la firma del contrato de suscripción de la emisión.
Tercero
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 28 de febrero de 2012.
El Consejero de Economía y Hacienda, PERCIVAL MANGLANO ALBACAR
(03/7.442/12)

