Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
03-03-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120303-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE FUENLABRADA NÚMERO 5

EDICTO

105
Juicio verbal 1.110 de 2011 PA

Doña Rosa María Gómez Gallardo, secretaria del Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada.

Hace saber: Que en este Juzgado, y bajo el número 1.110 de 2011, se siguen autos de juicio verbal a instancias de la entidad “Madrileña Suministro de Gas Sur, Sociedad Limitada”, contra don Iván Manzaneda Listón, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, en los que se ha acordado notificarle la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 2012, mediante el presente, siendo el fallo de la misma:

Procede estimar la demanda formulada por la procuradora señora Ruiz Resa, en nombre de “Madrileña Suministro de Gas Sur, Sociedad Limitada”, contra don Iván Manzaneda Listón y, en consecuencia, declarar resuelto el contrato de suministro de gas existente entre “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, y don Iván Manzaneda Listón, con la obligación de la parte demandada de facilitar la entrega en el domicilio donde se preste el suministro de gas (calle Valencia, número 3, escalera derecha, tercero C, de Fuenlabrada), para permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación (operación mecánica necesaria para resolver efectivamente el contrato).

Asimismo, debo condenar y condeno a don Iván Manzaneda Listón a que pague a la parte actora la suma reclamada en la demanda, ascendente a 794,17 euros en concepto de daños y perjuicios. Esta cantidad devengará el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda hasta la presente resolución y el interés previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (interés legal incrementado en dos puntos), desde la presente resolución al pago.

Se condena en costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que la presente sentencia es firme y que contra ella no cabe recurso, Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Así por esta mi sentencia lo ordeno, mando y firmo, doña Esther Collado Martínez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada.

En Fuenlabrada, a 1 de febrero de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/1.388/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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