Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
03-03-2012

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120303-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

OTROS ANUNCIOS

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Bajas de oficio inscripción indebida en padrón habitantes

Habiéndose tramitado en este Ayuntamiento expedientes de baja de oficio en el padrón de habitantes por no residir en ningún domicilio del municipio de Quijorna, y en cumplimiento de los artículos 581 y 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha procedido mediante resolución de la Alcaldía a la baja de oficio por inclusión indebida en el padrón de habitantes de las personas que a continuación se detallan:

Nombre y apellidos. — Número de referencia expediente. — Fecha de baja del padrón/­ decreto

Said Benali. — 439/2011. — 19 de septiembre de 2011.

Luis Fernando Aured Molina. — 994/2011. — 20 de julio de 2010.

Macha Estelle Sverloff Yseult. — 917/2011. — 2 de enero de 2012.

Oneida Roque Rodríguez. — 942/2011. — 2 de enero de 2012.

Thalia González Roque. — 94/2011. — 2 de enero de 2012.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra este acuerdo cabe interponer los siguientes recursos, sin perjuicio de otros que consideren oportunos:

— Recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación (artículo 116 de la Ley 30/1992).

— Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente de la notificación.

Quijorna, a 5 de enero de 2012.—La alcaldesa, Mercedes García Rodríguez.

(02/366/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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