Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120309-72
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84
EDICTO
En el presente procedimiento sobre juicio ordinario número 1.997 de 2010, seguido a instancias de “Centro Asegurador Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, en liquidación concursal, frente a “Velázquez 157, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 41 de 2012
En Madrid, a 10 de febrero de 2012.—Vistos por doña Raquel Blázquez Martín, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 84 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 1.997 de 2010, seguidos a instancias de “Centro Asegurador Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, en liquidación concursal, que ha actuado con la representación y defensa letrada que consta en el encabezamiento de esta resolución, contra “Velázquez 157, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente resolución.
Fallo
1. Estimo la demanda presentada por “Centro Asegurador Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, en liquidación concursal, contra “Velázquez 157, Sociedad Limitada”, a quien condeno a abonar a la parte actora la suma de 39.027,32 euros, más el interés legal devengado por esta cantidad desde la fecha de presentación de la demanda hasta la de esta resolución, a partir de la cual se aplicará el tipo de interés legal incrementado en 2 puntos hasta su completo pago.
2. Condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se formulará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado, con los datos relativos al recurso y a la cuenta expediente, por importe de 50 euros, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la formalización del recurso.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicha demandada, “Velázquez 157, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente, a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
Madrid, a 13 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(02/1.409/12)

