Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120309-214
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2
EDICTO
Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 418 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Sonco Mayte, contra las empresas y administradora doña María Teresa María Narbona, “Seguralia Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, y “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha acordado citar a las empresas y administradora doña María Teresa María Narbona, “Seguralia Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, y “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en este Juzgado para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial el día 28 de marzo de 2012, a las doce y veinticinco horas, y el mismo día a las doce y treinta horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio, y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandados, como representante legal de la empresa demandada. Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (artículo 309.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada por conducto judicial, así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. A tal efecto se le indica que si no comparece se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 2, sito en avenida del Ejército, número 12, primera planta (edificio de Servicios Múltiples), de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de citación al representante legal de “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, “Seguralia Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, y doña María Teresa María Narbona, se expide la presente cédula para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara, a 21 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/6.838/12)

