Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120314-54
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
Doña Aurora del Moral Zafra, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 24 de los de Madrid.
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos sobre divorcio, bajo el número 953 de 2009, a instancias de don Daniel Stoian, contra doña María Luisa Sáez Ruiz, que se halla en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado sentencia en fecha 15 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallo
Que estimando la demanda de divorcio, interpuesta por don Daniel Stoian contra doña María Luisa Sáez Ruiz, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio en su día contraído por dichos litigantes, sin adoptar medida complementaria definitiva alguna y con la producción de todos los efectos legales automáticos, inherentes a dicha declaración, siguientes:
1.o La cesación de la presunción de convivencia conyugal y la revocación de consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
2.o Se declara extinguido el régimen económico del matrimonio hasta ahora subsistente, a cuya liquidación se procederá, en su caso, por los trámites previstos en la Ley 1/2000.
No se hace especial condena de las costas procesales a ninguna de las partes dada la naturaleza de los intereses públicos que se protegen en este tipo de procesos.
Notifíquese esta sentencia al demandado rebelde, que se encuentra en paradero desconocido, por medio de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme previene el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, por medio de escrito que se presentará ante este Juzgado, correspondiendo conocer del mismo a la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigésima Segunda, según lo dispuesto en los artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.
Para su admisión será necesaria la constitución de depósito, en la cantidad de 50 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado, 2452-0000-15-953/09, de conformidad con los dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 1/2009, a excepción del ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Firme que sea esta sentencia, comuníquese, remitiendo testimonio de la misma, al Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio de las partes litigantes a fin de que se proceda a practicar la correspondiente inscripción marginal.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a la referida parte demandada, doña María Luisa Sáez Ruiz, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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