Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120315-128
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 453 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Leandro Abad Martínez, contra las empresas “Movimientos de Tierra Calzada e Hijos, Sociedad Limitada”, “Transportes Alfil, Sociedad Anónima”, “Transportes y Excavaciones Hermanos Calzada, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 30 de enero de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda de resolución de contrato formulada por don Leandro Abad Martínez, contra “Movimientos de Tierras Calzada Hijos, Sociedad Limitada”, y “Transportes y Excavaciones Hermanos Calzada, Sociedad Limitada”, y estimando igualmente la demanda despido, debo declarar y declaro con esta fecha extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando solidariamente a las empresas demandadas a abonar al actor 64.086,38 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral y 6.402,52 euros en concepto de salarios de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2010 y febrero, marzo, abril, quince días de mayo y paga de beneficios de 2011.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, cuenta número 2515.
Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito.
El recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva incidente o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Movimientos de Tierra Calzada e Hijos, Sociedad Limitada”, y “Transportes y Excavaciones Hermanos Calzada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 30 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/6.408/12)

