Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
17-03-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120317-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

EDICTO

63
Procedimiento 272 de 2011

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con número 272 de 2011, se siguen autos de divorcio a instancias de doña Isabel Peláez Albendea, y en su nombre y representación la procuradora doña Paula María Guhl Millán, contra don Félix Eduardo Morán Buitrón, declarado en rebeldía procesal, en cuyos autos se ha dictado auto de desistimiento y archivo que son del tenor literal siguiente:

Auto número 49 de 2012

Magistrada-juez de primera instancia, doña María José Romero Suárez.—En Madrid, a 15 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Tener por desistida a la parte demandante doña Isabel Peláez Albendea, de la prosecución de este proceso de divorcio contencioso número 272 de 2011, frente a don Félix Eduardo Morán Buitrón, pudiendo la parte actora promover nuevo juicio sobre el mismo objeto, procediéndose al sobreseimiento del proceso.

2. Dejar certificación literal de esta resolución en las presentes actuaciones, llevándose su original al libro correspondiente.

3. Archivar el presente procedimiento.

4. Se imponen las costas causadas a la parte demandante.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

Modo de impugnación: recurso de apelación en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución ante la Audiencia Provincial.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, la Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituido ingresando la citada cantidad en “Banesto”, en la cuenta de este expediente, indicando en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “02 Civil-Apelación”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “Recurso”, seguida del código “02 Civil-Apelación”.

En el caso de que deba realizarse otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.

Y para que sirva de notificación de auto al demandado rebelde don Félix Eduardo Morán Buitrón, en paradero desconocido, expido el presente edicto en Madrid, a 25 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).

(03/6.658/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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