Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
19-03-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120319-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

146
Demanda 310 de 2011

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 310 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Petra Juárez Molina, contra don Esteban Soto Martínez y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Petra Juárez Molina, frente a don Esteban Soto Martínez, condeno al citado demandado a abonar a la actora por los conceptos de su demanda la cantidad de 1.749,57 euros, así como 174,96 euros más por interés legal por mora.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, se declara su deber de estar y pasar por lo anterior, sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a su relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida, y que, en su caso, habría de dirimirse en ulterior proceso que pudiera suscitarse entre ellos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso ordinario alguno por ser inferior a 3.000 euros la cuantía reclamada por la parte actora [artículo 191.g) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social].

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Esteban Soto Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.070/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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