Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120319-150
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Iván Gonzalo Morales Dávalos, contra la empresa “Spirit 4 Solutions, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 14 de febrero de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Auto
Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 14 de febrero de 2012.
Parte dispositiva:
Dispongo: Procede despachar ejecución de la sentencia dictada en estos autos a instancias de la parte ejecutante don Iván Gonzalo Morales Dávalos, frente a “Spirit 4 Solutions, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 2.463,64 euros en concepto de principal, más otros 246,36 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto cabe recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, y todo ello conforme a los términos previstos en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Decreto
En Madrid, a 14 de febrero de 2012.
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de bienes y derechos de la ejecutada para hacer efectivas las cantidades reclamadas en la presente ejecución por importe de 2.463,64 euros para intereses y costas de ejecución.
Procédase a la averiguación patrimonial íntegra de la ejecutada, por los medios de la aplicación telemática del Punto Neutro Judicial.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social- Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Spirit 4 Solutions, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 14 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/7.064/12)

