Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69
Sección 1.4.115.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120321-62
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES
La Dirección General de Inmigración acordó por Resolución de 13 de febrero de 2012 el reintegro total de la subvención concedida a la Asociación de Rumanos de Coslada y San Fernando, con NIF G-84047109 (expediente 2009NC117), por Resolución 236/2009, de 29 de octubre, de la Gerencia de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, cuyas competencias en materia de inmigración han sido asumidas por la Dirección General de Inmigración de la Consejería de Asuntos Sociales por Decreto 11/2011, de 16 de julio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Intentada la notificación en el domicilio del interesado de dicha Resolución, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a comunicar a la citada entidad que se abre un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio, para que comparezcan los representantes legales para hacerse cargo de la notificación en las dependencias de la Subdirección General de Programas de Integración de Inmigrantes de la Dirección General de Inmigración, sita en la calle Los Madrazo, número 34, de Madrid, planta segunda, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.
Asimismo, se informa que también se procede a su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
De no comparecer en el plazo señalado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del mismo.
Madrid, a 24 de febrero de 2012.—El Director General de Inmigración, Pablo Gómez Tavira.
(03/9.019/12)

