Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
22-03-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120322-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 45

EDICTO

91
Procedimiento 1.645 de 2009

Don Ignacio Martín Borregón García de la Chica, secretario titular del Juzgado de primera instancia número 45 de Madrid.

Por medio del presente hace saber: Que en este Juzgado, y en los autos de juicio bajo el número de registro 1.645 de 2009, a instancias del Ministerio de Defensa, contra “After School Activities, Sociedad Limitada”, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 24 de 2012

En Madrid, a 9 de febrero de 2012.—La ilustrísima señora doña Cristina Esther Ruiz-Navarro Pinar, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 45 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.645 de 2009, a instancias del Ministerio de Defensa, representado por el abogado del Estado, contra “After School Activities, Sociedad Limitada”, hallándose en rebeldía en este procedimiento, que versa sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el Ministerio de Defensa, condeno a la mercantil “After School Activities, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la suma de 5.264,58 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación del cual conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que sirva de notificación en forma a la parte demandada “After School Activities, Sociedad Limitada”, expido el presente edicto en Madrid, a 9 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).

(03/9.062/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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