Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

175
Demanda 1.065 de 2011

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.065 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Habiba Koutmani, contra la empresa “Inmo Princesa 229 2009, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la sentencia es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada don Habiba Koutmani, frente a la empresa “Inmo Princesa 229 2009, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido de la actora.

En consecuencia, condeno a la empresa demandada a optar entre:

a) La readmisión de la trabajadora en idénticas condiciones y con los mismos derechos que ostentaba antes de producirse el despido; o bien,

b) El abono de una indemnización de 6.550,31 euros.

Asimismo, deberá en cualquier caso abonarle una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (1 de septiembre de 2011), sin perjuicio del descuento de lo que entre tanto hubiese percibido por cualquier otro empleo o colocación.

La citada opción empresarial deberá ejercitarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, sin esperar a la firmeza de la misma, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado.

En caso de no formularse dicha opción, se entenderá que procede la readmisión.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, se declara su deber de estar y pasar por lo anterior, sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a su relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida y que deberá debatirse en ulterior proceso que, en su caso, pueda suscitarse entre ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inmo Princesa 229 2009, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.841/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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