Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-344

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2

EDICTO

344
Autos 987 de 2011

Don José Luis García Roig, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 987 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Allan Magalhaes Almeida, contra la empresa “Decohe Ingeniería, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Allan Magalhaes Almeida, contra “Decohe Ingeniería, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, declaro con esta fecha extinguida la relación laboral, condenando a la empresa demandada a abonarle una indemnización de 533,48 euros, con satisfacción de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de esta resolución o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si así se acredita, con obligación de mantener, en alta en la Seguridad Social al trabajador durante el período correspondiente a los salarios de tramitación, sin perjuicio de la responsabilidad, que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial conforme a la legislación vigente.

Se previene a las partes que contra la presente sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, interponiéndose ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de la presente notificación según previene el artículo 194 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Si fuese la empresa la recurrente, tendrá que exhibir al tiempo de anunciar el recurso resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de la condena, más 300 euros [artículo 229.1.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social], en “Banesto” (sucursal de plaza de San Miguel), número 6230, cuenta corriente número 0630008 y número de cuenta expediente 4627000065/0987/11.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Decohe Ingeniería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 15 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.621/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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