Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-145

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

145
Reglamento Uso Servicios y Bienes Informáticos

El Pleno del Ayuntamiento del Villa del Prado, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de febrero de 2012, acordó la aprobación inicial del Reglamento Municipal de Uso de los Servicios y Bienes Informáticos y de Comunicaciones del Ayuntamiento de Villa del Prado y del acuerdo de buenas prácticas en la utilización de los sistemas de información y de comunicación del Ayuntamiento de Villa del Prado.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local se somete a información pública y audiencia de los interesados por el plazo de treinta días naturales, durante el cual se podrán presentar reclamaciones y sugerencias, que serán resueltas por el mismo órgano.

En caso de que durante el referido plazo no se presenten reclamaciones o sugerencias se entenderá, conforme al artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, definitivamente aprobado el acuerdo provisional.

En Villa del Prado, a 7 de marzo de 2012.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(03/9.185/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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