Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73
Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-77
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE DAGANZO
RÉGIMEN ECONÓMICO
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 24 de febrero de 2012, acordó aprobar y exponer al público los siguientes padrones fiscales:
— Tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos 2012.
— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado, primer simestre 2012.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2012.
— Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase 2012.
— Tasa por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler 2012.
— Tasa por instalación de puestos de venta de productos diversos en el mercadillo semanal, primero y segundo trimestre 2012.
Estos padrones y matrículas fiscales estarán expuestos al público en el Ayuntamiento de Daganzo, Servicio de Recaudación, en el horario de lunes a viernes, mañanas de nueve a catorce horas, quince días antes de iniciarse el período de cobro, expresado en el calendario fiscal, y por período de treinta días.
El pago de los títulos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados podrá realizarse del 12 de marzo al 14 de mayo, en las oficinas bancarias “Ibercaja”, “Caja de Madrid”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “La Caixa”, “Banco Popular”, y “Banesto”, mediante la presentación del documento cobratorio, en los días y caja.
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas bancarias señaladas anteriormente. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán recogerlo en la oficina de recaudación.
Los recibos domiciliarios correspondientes al primer período de imposición se pasará a cobro en tres plazos: 15 de marzo de 2012, 16 de abril de 2012 y 14 de mayo de 2012.
Pasado el período de tiempo anteriormente mencionado, relativo a voluntaria, todos los morosos quedarán comprendidos dentro de los recargos, apremios y costas de conformidad con el Reglamento de Recaudación y de la Ley Tributaria vigente.
Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer ante este Ayuntamiento recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública, previo al contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si es expresa, o seis meses, si es presunta.
En Daganzo, a 28 de febrero de 2012.—El concejal de Economía y Hacienda (firmado).
(02/1.870/12)

