Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120327-195
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 5 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Regino Camilo Mercedes, contra don Juan Urbáez Gómez, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 8 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Dispongo: Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de don Regino Camilo Mercedes, contra don Juan Urbáez Gómez, por la cantidad de 3.414,86 euros de principal, más las de 205 euros y 341 euros calculadas provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículo 23 de la Ley de la Jurisdicción Social), haciéndoles saber que frente a este auto podrá interponerse recurso de reposición, ante este órgano judicial en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2387, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 2.
b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2387, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Benito Raboso del Amo.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Juan Urbáez Gómez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 8 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/7.725/12)

