Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
27-03-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120327-191

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

191
Demanda 290 de 2011

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 290 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ascensión López Baltasar García, contra la empresa “Seguimiento de Productos Innovadores, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado sentencia y auto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Sentencia número 259 de 2011

En Madrid, a 17 de junio de 2011.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos número 290 de 2010, sobre despido, seguido a instancias de doña Ascensión López Baltasar García, contra la empresa “Seproin, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Ascensión López Baltasar García, contra la empresa “Seproin, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora de fecha de efectos de 31 de enero de 2011, condenando a la empresa demandada a que abone a la actora la suma de 21.258 euros en concepto de indemnización con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido a la de esta resolución, que ascienden a la suma de 4.853,91 euros, declarando con ésta fecha extinguida la relación laboral.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2518 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19 de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Auto

En Madrid, a 6 de febrero de 2012.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Que con fecha 17 de junio de 2011, se dictó sentencia por este Juzgado de lo social en autos demanda número 290 de 2011, cuyo encabezamiento y fallo literalmente dice en relación a la empresa demandada: “Seproin, Sociedad Limitada”.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:

Donde dice “Seproin, Sociedad Limitada”, debe decir : “Seguimiento de Productos Innovadores, Sociedad Limitada”, quedando el resto de su contenido en los mismos términos.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia, o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Seguimiento de Productos Innovadores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.236/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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