Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120327-234
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.689 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Miguel Chozas Conde, contra la empresa “Arterótulo Luminosos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Estimando la demanda interpuesta por don Juan Miguel Chozas Conde, frente a “Arterótulo Luminosos, Sociedad Limitada”, sobre reclamación por despido, debo declarar y declaro nulo el despido de que fue objeto el actor el día 5 de noviembre de 2011 y declaro extinguida la relación laboral que vinculaba a ambas partes desde la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa demandada a abonar al actor una indemnización de 9.901,12 euros (salvo error u omisión).
Además, debo condenar a la empresa al abono de los salarios dejados de percibir por el actor desde la fecha del despido (5 de noviembre de 2011) hasta la fecha de la presente resolución, a razón de 40,62 euros por día, ascendiendo la cantidad por tal concepto a 4.224,48 euros (salvo error u omisión).
Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arterótulo Luminosos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Móstoles, a 22 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/8.307/12)

