Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
27-03-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120327-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3

EDICTO

108
Procedimiento ordinario 461 de 2006

En el procedimiento ordinario número 461 de 2006, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia

En Leganés, a 5 de octubre de 2010.—Vistos por mí, don José María Escribano Laclériga, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción de Leganés, los presentes autos del juicio ordinario, sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número referido y seguidos a instancias de don Alberto Labrado Jerez, representado procesalmente por el procurador don Manuel Díaz Alfonso y asistido por el letrado don Carlos Isaías Garzón Alonso, y contra don Ricardo Velázquez Fonseca, don Rafael Soto Cañizares y don Ángel Aparicio Checa, en calidad de demandados, representados procesalmente por la procuradora doña María Dolores Hurtado Portellano y asistidos por la letrada doña María Esther Macías Menéndez, y contra los herederos del fallecido don Salvador Lillo González, en calidad de demandados, representados por el procurador don Fernando Jurado Reche y asistidos por la letrada doña María del Carmen Sánchez Vidanes, y contra “Grupomán, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador don Manuel Díaz Alfonso, en nombre y representación de don Alberto Labrado Jerez, sobre reclamación de cantidad, y contra “Grupomán, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía; don Ricardo Velázquez Fonseca, don Rafael Soto Cañizares y don Ángel Aparicio Checa, representados procesalmente por la procuradora doña Dolores Hurtado Portellano, y, en consecuencia, condeno a los demandados a abonar solidariamente al actor la cantidad de 11.539,43 euros, más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial, y al abono de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro del plazo de cinco días desde que se notifique.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se notifica la sentencia dictada en el presente procedimiento a la codemandada “Grupomán, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido.

En Leganés, a 20 de enero de 2012.—El secretario (firmado).

(02/2.184/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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