Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
30-03-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120330-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

155
Demanda 1.604 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria de lo social del número 12 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Consuelo Perlado Martín, contra “Mutua Universal Mugenat”, Tesorería General de la Seguridad Social, Fondo de Garantía Salarial y “Centro Deportivos Spa Excellence, Sociedad Anónima”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 1.604 de 2010, se ha acordado citar a “Centro Deportivos Spa Excellence, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 11 de abril de 2012, a las once y cinco horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 12, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Centro Deportivos Spa Excellence, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 8 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.901/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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