Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
30-03-2012

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120330-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

14
ORDEN de 28 de marzo de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 34.000.000,00 de euros.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 9 de marzo de 2012, ha modificado la autorización dada a la Comunidad de Madrid el pasado 3 de febrero, para realizar operaciones de préstamo en el exterior y emisiones de deuda pública, hasta un importe máximo de 1.530.993.024,10 euros. En dicho Acuerdo de 9 de marzo se autoriza a la Comunidad de Madrid a formalizar con vigencia inmediata los vencimientos del segundo semestre de 2012, que ascienden a 1.146.612.807,41 euros.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 12 de enero de 2012, conforme al artículo 38.1 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 1.572.248.004,01 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública se considera conveniente que la Comunidad de Madrid ponga en oferta un nuevo tramo de la emisión de obligaciones por un importe de 34.000.000,00 de euros con un plazo de vida residual de 6,21 años al 4,99 por 100, con vencimiento el 17 de junio de 2018 (ISIN ES0000101313), cuyas condiciones se fijaron por Orden 10 de junio de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de junio de 2008), al objeto de incrementar la liquidez de la emisión y de atender con esta reapertura la demanda de los inversores de valores a dicho plazo.

El importe obtenido a través de la mencionada ampliación, no excede del importe susceptible de ser financiado de conformidad con lo autorizado por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 12 de enero, ni el límite establecido por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de marzo de 2012.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 5/2011, de 23 de diciembre.

DISPONGO

Primero

Realizar un nuevo tramo de emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 34.000.000,00 de euros de la emisión de obligaciones con un plazo de vida residual de 6,21 años al 4,99 por 100, con vencimiento el 17 de junio de 2018 (ISIN ES0000101313), cuyas condiciones se fijaron por Orden 10 de junio de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de junio de 2008), con las siguientes características:

— Importe: 34.000.000,00 de euros.

— Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 4 de abril de 2012.

— Cupón corrido: 3,9810929 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 1.353.571,59 euros.

— Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 93,30 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 31.722.000 euros.

— Precio incluyendo cupón corrido: 97,2810929 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 33.075.571,59 euros.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

Segunda

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Viceconsejero de Hacienda, la firma del contrato de suscripción de la emisión.

Tercera

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de marzo de 2012.

El Consejero de Economía y Hacienda, PERCIVAL MANGLANO ALBACAR

(03/11.517/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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