Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
02-04-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120402-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1

EDICTO

117
Juicio de faltas 158 de 2011

Doña Virginia Marta González Granado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 158 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 28 de noviembre de 2011.—Vistos por mí, don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 158 de 2011, en los que ha sido parte el señor fiscal, y como implicados: doña Lorena Díaz Víctor, en calidad de perjudicada, y doña Jénnifer Villar Bonal y doña Sara Villar Bonal, en calidad de denunciadas, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Que debo absolver y absuelvo a doña Jénnifer Villar Bonal y a doña Sara Villar Bonal de la falta de la que venían denunciadas, con declaración de oficio de las costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Jénnifer Villar Bonal y doña Sara Villar Bonal, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 12 de febrero de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/9.145/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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