Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
02-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120402-323

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 2

EDICTO

323
Ejecución 98 de 2011

Doña Laura Pou Ampuero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 98 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Lacasa Barrionuevo, contra la empresa “AH Turística Peninsular, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Pilar Zapata Camacho.—En Zaragoza, a 19 de septiembre de 2011.

El anterior escrito presentado por el ejecutante, únase a los autos de su razón. Se tienen por efectuadas las anteriores manifestaciones. Conforme solicita y constando en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza y en el procedimiento arriba referido, la cantidad de 3.666,65 euros, ingresada por la ejecutada en concepto de principal, a favor de don José Manuel Lacasa Barrionuevo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12.1 y 2 del Decreto 467/2006, de 21 de abril, acuerdo:

El reintegro de dicha cantidad, expidiendo para ello mandamiento de pago, debidamente firmado y sellado por la secretaria judicial, por importe de 3.666,65 euros, a favor del ejecutante. Y el resto consignado que asciende a 440 euros quede en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado para las costas e intereses.

Hacer saber al mismo que dicho mandamiento de pago no es un documento compensable, y deberá ser hecho efectivo mediante su presentación al cobro por el beneficiario en “Banesto”, en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de emisión, no excluyendo los días inhábiles, pero si el día del vencimiento sí lo fuera, se entenderá que el mandamiento vence el primer día hábil siguiente.

Practíquense por la secretaria judicial las correspondientes tasación de costas y liquidación de intereses, las que se dará traslado a las partes por diez días para que, en su caso, puedan impugnarlas.

Con carácter previo, se concede a la parte ejecutante el plazo de dos días a fin de que pueda presentar, si los hubiere, justificantes de los gastos originados dentro del proceso de ejecución, para su inclusión, si procede, en la tasación de costas que se practique.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Liquidación de intereses y tasación de costas que practica la secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza, doña María Pilar Zapata Camacho, en el procedimiento de ejecución número 98 de 2011 (autos número 574 de 2010), seguido a instancias de don José Manuel Lacasa Barrionuevo, contra “AH Turística Peninsular, Sociedad Anónima”.

Liquidación de intereses

Principal: 3.666,65 euros.

Fecha inicial: 19 de enero de 2011 (sentencia).

Fecha final: 13 de julio de 2011 (pago).

Interés aplicado: 6 por 100.

Ciento setenta y cinco días a razón de 0,60 euros diarios: 105 euros.

Tasación de costas

Honorarios de ejecución letrado, don Mariano Marco de León (según minuta): 331,93 euros.

Asciende la anterior liquidación de intereses y tasación de costas a la cantidad total de 436,93 euros.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Pilar Zapata Camacho.—En Zaragoza, a 28 de octubre de 2011.

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 714 y 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo: Dar traslado a las partes por término de diez días, advirtiéndoles de la posibilidad de impugnarlas, bajo apercibimiento de que de no hacerlo en el plazo indicado, se les tendrá por conformes con las mismas.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y requerimiento en legal forma a “AH Turística Peninsular, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 27 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.976/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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