Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120402-112
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 1
EDICTO
Don Miguel Ángel Acevedo González, secretario del Juzgado de primera instancia número 1 de Colmenar Viejo.
Hago saber: Que a instancias de don Valentín Cueje Espí, representado por el procurador don Juan Manuel Mansilla García, y de “Samde, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Jaime Hernández Urízar, frente a don Félix Velasco García y otros, se ha dictado sentencia, cuyo tenor es el siguiente:
Fallo
Que debo declarar y declaro la desestimación de la demanda formulada por el procurador de los tribunales don Juan Mansilla García, en nombre y representación de don Valentín Cueje Espí, en la que tras las ampliaciones que constan en autos se tiene por dirigida contra los propietarios de las viviendas de los bloques D-1, D-2, D-3, C-4 y C-5, permaneciendo en situación de rebeldía procesal los que constan en autos como tales.
Asimismo, debo declar y declaro la desestimación de la demanda formulada tras la acumulación a esta causa de los procedimientos seguidos en el Juzgado número 26 de los de Madrid, con el número 319 de 1995, y el conocido por el Juzgado número 2 de esta misma demarcación, con el número 291 de 1990.
Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes hábiles siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos llevando el original al libro de las de su clase para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
Y por auto de 27 de julio de 2009 se rectifica dicha sentencia, subsanando la omisión sobre el pronunciamiento en costas, añadiendo el siguiente párrafo:
«Se acuerda la condena en las costas causadas en el presente procedimiento de los demandantes don Valentín Cueje Espí y la mercantil “Samde”.»
Y para que sirva de notificación de sentencia en forma de don Guillermo Enrique Álvarez Neyra Rappler, doña María Dolores Aranda Magro, doña María Ángeles Argerich Fernández, doña María Lucía Cabanes Argudo, don Antonio Carbonell Bañuelos y esposa, don Ernesto Linaje Fernández, don Jerónimo López Martínez Carlos, don Lozano de Lara y esposa, don Florentino Martínez Martínez, don José Vicente Masía García, don Juan Ignacio Mingot Salvetti, don Macario Morán Marcos, doña Virginia Pasarón Suárez, doña Ángeles Rodríguez Fernández, don Carlos Rubio Martínez y esposa, don Joseph Salem Haydamouss, don Félix Velasco García y “Vama, Sociedad Anónima”, se expide la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Colmenar Viejo, a 9 de enero de 2012.—El secretario (firmado).
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