Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
02-04-2012

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120402-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

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Alteración calificación jurídica

De conformidad con el expediente tramitado por la Dirección General de Patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 8.1.a) del Acuerdo de 26 de enero de 2012, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación de competencias en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobiernos y de los Distritos, la delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, mediante Decreto de 6 de marzo de 2012, ha dispuesto:

Someter a información pública, durante el plazo de un mes, el expediente de alteración de la calificación jurídica de los locales número 5, finca registral 38.246, y número 6, finca registral 38.248, de propiedad municipal, sitos en la calle Sacramento, número 7, e inscritos en el inventario del Ayuntamiento de Madrid con el número de archivo 70. Durante el citado plazo podrá examinarse el expediente y formularse alegaciones.

Lo que se hace público significándose que el citado expediente podrá ser examinado, durante el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Servicio Jurídico del Patrimonio, calle Alcalá, número 45, sexta planta, de lunes a viernes, durante el horario de nueve a catorce.

Madrid, a 15 de marzo de 2012.—La directora general de Patrimonio, PO (la jefa del Servicio Jurídico del Patrimonio), Lucrecia María Adeva Pérez.

(03/11.662/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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