Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
03-04-2012

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120403-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Ordenanzas fiscales y reglamentos

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2012, acordó aprobar inicialmente las siguientes ordenanzas:

— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos naturales urbana.

— Reglamento de Uso y Funcionamiento de los Locales Municipales.

— Reglamento de Uso y Funcionamiento de las Instalaciones Deportivas Municipales.

— Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios de la red de centros de cultura, informática y formación del Ayuntamiento de Zarzalejo.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de los edificios de titularidad municipal, instalaciones deportivas: piscinas, campo de fútbol y otros.

Y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se someten los expedientes a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que puedan ser examinados y se presenten las reclamaciones o sugerencias que se estimen oportunas, que serán resueltas por la Corporación.

De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerarán aprobados definitivamente, sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.

En Zarzalejo, a 14 de marzo de 2012.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.

(03/10.486/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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