Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
05-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120405-249

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 2

EDICTO

249
Ejecución 57 de 2010

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento número 57 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sanko Veselinov Hadzhiev, contra don Celso González Fernández, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución de fecha 22 de septiembre de 2010 siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.—En Pamplona/Iruña, a 22 de septiembre de 2010.

El anterior oficio remitido por la Dirección General de Guardia Civil y el despacho remitido por el Registro de la Propiedad número 3 de los de Gandía (dando cuenta de la existencia de una finca en Xeresa, número 7.059, inscrita al tomo 1.962, libro 71, folio 186, de la titularidad del ejecutado y de doña Míriam Gómez Mejías, únase a los autos de ejecución de su razón y a su vista, y examinados los datos del domicilio de esta última en el Punto Neutro Judicial (donde aparece como residente en la calle Postas, número 24, de la localidad de Ciempozuelos-Madrid), se decreta el embargo de la finca indicada, y la remisión del oportuno exhorto al Juzgado de Ciempozuelos para que se lleve a cabo la notificación de la presente resolución y la de 19 de mayo de 2010 a la citada señora Gómez Mejías, y la existencia del procedimiento de ejecución contra el ejecutado, a los efectos prevenidos en el artículo 144 del Reglamento Hipotecario, y verificado se remitirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad número 3 de Gandía, y los acordados en la resolución de 19 de mayo pasado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo acuerda y firma la secretaria judicial que suscribe.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Miriam Gómez Mejía, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pamplona, a 20 de febrero de 2012.—La secretaria judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

(03/9.417/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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