Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
07-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120407-159

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

159
Ejecución 191 de 2009

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 191 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Sánchez Molina, don José Antonio Torrico Arias y don José Mateos Fernández, contra la empresa “Barnizados Torrejón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado providencia de fecha 9 de febrero de 2010 y decreto de fecha 9 de junio de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Begoña García Álvarez.—En Madrid, a 9 de febrero de 2010.

Visto el contenido de la contestación remitida por la Jefatura Provincial de Tráfico, se acuerda el embargo del sobrante que pudiera resultar a favor de la ejecutada en el expediente número 282408270630JPM, tramitado en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 24 de la Tesorería General de la Seguridad Social, en Torrejón de Ardoz, hasta cubrir los importes reclamados en la presente ejecución. Líbrese el despacho necesario que se remitirá por conducto oficial.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será necesaria para la interposición del recurso de reposición acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2526/0000/00/número de expediente (cuatro dígitos)/año del expediente (dos dígitos), total dieciséis dígitos. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Decreto

Secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 9 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada “Barnizados Torrejón, Sociedad Limitada”, en las siguientes entidades: “Banco Bilbao Vizcaya”, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, y “Caja de Ahorros de Cataluña”, y ello en cuanto sean suficientes para cubrir las cantidades reclamadas, a saber: 145.843,81 euros de principal y 14.584,38 euros, más otros 14.584,38 euros presupuestados para intereses y costas.

Librar los oficios necesarios a las entidades bancarias y/o de crédito, en los que se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma, quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que la ejecutada en ese instante dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto y se remitirá directamente a este órgano judicial.

Notifíquese la presente ejecución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Barnizados Torrejón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.804/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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