Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120412-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

EDICTO

89
Procedimiento ordinario 832 de 2008

Doña Rosario Negrero del Cerro, secretaria del Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid.

En los autos de procedimiento ordinario número 832 de 2008 se ha dictado la sentencia número 426 de 2011, de fecha 9 de marzo de 2011, cuyo fallo literal es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María Paz Santamaría Zapata, en nombre y representación de la mercantil “Caixarenting”, contra la mercantil “Mentor Computer Systems” y don Pablo Jesús Valerio Alonso, en situación procesal de rebeldía, declaro resuelto el contrato de renting suscrito por las partes de fecha 15 de marzo de 2001, número 6800/71/0039179/55, y debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que abonen a la actora la cantidad de 2.322,69 euros en concepto de principal, más la cantidad de 3.978,39 euros en concepto de indemnización, más los intereses pactados desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, así como las costas de este proceso.

En su caso, notifíquese la presente resolución a la demandada en rebeldía y paradero desconocido por medio de edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso de preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

La admisión del recurso precisará que, al prepararse, se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1845/00/3250 (cuenta del Juzgado)/0000(número de procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/00(dos últimas cifras del año del procedimiento), abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto” el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en redacción dada por Ley Orgánica 1/2009).

Así por esta mis sentencia lo pronuncio, mando y firma.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe en Madrid.

Y para que sirva de notificación de sentencia a los demandados “Mentor Computer System, Sociedad Limitada”, y don Pablo Jesús Valerio Alonso, libro la presente en Madrid, a 21 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/2.672/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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